La Nueva Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional ha cambiado de forma sustancial todo el sistema educativo profesional. Antes había Unidades de Competencias, Certificados de Profesionalidad y Ciclos de Formación Profesional de manera aislada. La nueva Ley permite que una persona que tienen varias Unidades de Competencia consiga un certificado y así vez que una persona con varios Certificados de Profesionalidad le sirvan para eliminar materia o conseguir directamente un título oficial de Formación Profesional.
Las comunidades autónomas establecen un procedimiento por el cual una persona que tenga experiencia profesional o formación no formal (las que otorgan centros privados no oficiales) puedan solicitar el reconocimiento de esa experiencia o formación como una titulación oficial de un certificado de profesionalidad en concreto. En el caso de los títulos privados deben presentar el programa del curso (el cual deberá contener los contenidos del certificado de profesionalidad) y se realizará una entrevista al alumno para ver si es conocedor de la materia.
La actual Ley deja claro en su Art. 92.1 que el sistema de acreditación deberá estar abierto de forma permanente y ademas aplicable a cualquier competencia profesional.

- UC0268_3 – Gestionar unidades de información y distribución turísticas
- UC1055_3 – Operar viajes combinados, excursiones y traslados en turismo
- UC1056_3 – Gestionar servicios de hostelería y turismo en la realización de eventos
- UC2567_3 – Gestionar la venta y desarrollo económico-administrativo de productos turísticos en agencia de viajes
- UC9996_2 – Comunicarse en una segunda lengua extranjera distinta del inglés con un nivel de usuario básico (a2), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional
- UC9999_3 – Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (b1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional